

La Dirección de Catastro tiene por fin administrar, gestionar y conservar el catastro jurídico y parcelario del ejido municipal, de los inmuebles de dominio privado y del dominio público, sea nacional, provincial y/o municipal.
En general, el catastro de bienes inmuebles pretende lograr una planificación eficiente mediante el conocimiento de lo que posee el municipio en su territorio y la dimensión real de los recursos.
Sus principales funciones son:
- Registrar los datos geométricos-parcelarios, jurídicos y valuatorios de los bienes inmuebles urbanos, suburbanos y rurales del distrito.
- Confeccionar y conservar la información catastral.
- Empadronar y transmitir los movimientos jurídicos-administrativos que se realicen en los inmuebles dentro del municipio.
- Nomenclar las nuevas parcelas.
- Dar a publicidad, a quien manifieste interés legítimo, datos geométricos parcelarios jurídicos y/o valuatorios.
- Mantener actualizado el sistema informático por las transferencias y desgloses parcelarios (mensuras y títulos, entre otros).
- Estudiar y elaborar los informes de los expedientes que le fueran sometidos para su consideración.
- Determinar plusvalías por obras directas o por su influencia cercana (pavimento, gas, agua potable).
- Confeccionar planos de zonas tributarias.
- Organizar, mantener y conservar el registro del catastro físico-geométrico y parcelario del ejido municipal.
- Confeccionar y mantener actualizado el plano de la ciudad.
- Visar los planos de mensura (lotes, urbanizaciones y usucapión, entre otros), controlando sus formas extrínsecas en el cumplimiento de normas técnicas y de presentación.
- Verificar y controlar el mantenimiento de la línea municipal, a fin de preservar el dominio público municipal.
- Determinar la numeración domiciliaria de las nuevas edificaciones y controlar las numeraciones existentes.
Consultas:
Municipalidad de Recreo
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